En
la ciudad de El Carmen de Bolívar, Departamento de Bolívar, las
organizaciones y comunidades convocadas por la mesa afrocolombiana de
los Montes de María, de los municipios de Zambrano, San Cayetano, San
Jacinto (Las Brisas y El Paraíso), Ovejas, Los Palmitos, El Carmen de
Bolívar (Red de Mujeres de los Montes de María, Grito Montemariano,
Comité de Víctimas y Colectivo de Comunicaciones de los Montes de
María), apoyados por al PNUD y la Fundación Red Desarrollo de los Montes
de María, el NDI (Instituto Internacional Demócrata), reunidos en el
Quinto Encuentro Cultural Afromontemariano, el día 30 de mayo del año
2012 en el auditorio del Club de Leones, emite la siguiente declaración y
conclusiones:
1)
Rechazar en forma contundente, las amenazas y hostigamientos a que
vienen siendo sometidos los líderes y las lideresas de los procesos
organizativos afrocolombianos, y en especial las del movimiento de
víctimas y restitución de víctimas, por parte de actores armados
ilegales.
2)
Solicitamos a los organismos de derechos humanos y al gobierno nacional
en cabeza del señor Presidente de la República, la Fiscalía, la
Procuraduría y la Defensoría del Pueblo en todas sus instancias
regionales, así mismo al señor Alcalde Municipal Francisco Vega, para
que dispongan las medidas de seguridad pertinentes, que garanticen el
ejercicio pleno de las funciones de las y los defensores de derechos
humanos.
3)
Revisar el concepto de tenencia y conservación de la tierra,
establecido en la Ley 70 de 1993 y demás normas concordantes, con base
en los bloques de constitucionalidad, en forma concreta, revisar el
concepto de territorio baldío porque desconoce bloques de
constitucionalidad contenido en el ordenamiento legal, como el Uti Posidetis Juris: no
es justo que el gobierno nacional le exija esta norma al gobierno de
Nicaragua sobre San Andrés, pero no lo reconozca cuando se trate de
poblaciones afrocolombianas e indígenas.
4)
Revisar los contextos culturales, sociales, políticos, económicos y
sociales sobre tenencia de la tierra en las comunidades afrocolombianas,
teniendo en cuenta la diversidad de dinámicas entre el Pacífico
Colombiano y el Caribe Colombiano, porque las prácticas culturales no
son las mismas, ni el concepto como tal se vive de la misma manera. En
este sentido, se sugiere reflexionar sobre las lógicas históricas de las
luchas por la tenencia de la tierra en el Caribe.
5) Apoyar un proceso de fortalecimiento institucional, con
base en la formación de infraestructuras institucionales con
sostenibilidad que le garantice a los líderes y lideresas de los
procesos afrocolombianos, estructuras y condiciones de trabajo y vida
digna en los procesos de desarrollo de las políticas públicas
diferenciadas y de desarrollo de las estrategias de incidencia
legislativa y política a favor de los derechos afrocolombianos, en
cuanto gestión y desarrollo de las dichas políticas diferenciadas.
6)
Declarar en alerta y movilización permanente a las comunidades
afromonterianas y en especial, a los campesinos y campesinas en defensa
del territorio y en el derecho a la tenencia de la tierra, amenazada por
la presencia de diversas compañías petroleras y mineras
multinacionales, que amenazan con sus lógicas el derecho histórico y de
supervivencia al etnodesarrollo.
7)
Exigir a las autoridades departamentales y municipales, la aplicación
del principio de la diferenciación positiva o enfoque diferenciado
afrocolombiano en todas las políticas públicas, con resultados, metas,
porcentajes concretos, indicadores de impacto, mecanismo de evaluación y
seguimiento a favor de las poblaciones afrocolombianas.
8)
Exigir al Ministerio del Medio Ambiente y al Ministerio del Interior, a
las compañías turísticas, mineras – incluyendo a las petroleras- el
respeto al derecho a la consulta previa en todos los proyectos que
afecten su identidad cultural.
9)
Exigirle a las secretarías de educación distritales, departamentales y
municipales, el diseño e implementación de planes de etnoeducación y
estudios afrocolombianos en el sistema escolar, con infraestructura,
calidad y liderazgo académico y la enseñanza de los estudios
afrocolombianos, dentro de los planes de estudio del sistema escolar,
dando cumplimiento según la concertación, al decreto 804 de 1995 y al
decreto 1123 de 1998, según el tipo de acuerdo concertado.
10)
Crear mecanismos y convenios de admisión especial y permanencia a favor
de la juventud afrodescendiente y fondos departamentales y municipales
de créditos educativos Condonables, que fomenten el acceso a la
educación superior de la juventud afrocolombiana en los estratos 1, 2 y
3.
Dado en El Carmen de Bolívar a los treinta días del mes de mayo del año 2012.
(Firmado por los asistentes al evento de las organizaciones y asistentes arriba mencionados)
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