18 de julio de 2013

¡Respeto para las prácticas culturales afro en la zona rural de Cali, Colombia!


Corregimiento El Hormiguero, julio 10 de 2013


Honorable Concejal
Fernando Gil Moscoso
Presidente
Concejo Municipal de Santiago de Cali


Ref: Alerta sobre derecho de la comunidad de Hormiguero a la consulta previa, libre e informada para la aprobación del proyecto de acuerdo sobre “Revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial de Santiago de Cali”

Reciba usted un cordial saludo de parte de la comunidad del Corregimiento de El Hormiguero.

En el marco de la discusión que adelanta el Concejo de Santiago de Cali para la aprobación del proyecto de acuerdo sobre “Revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial de Santiago de Cali”, registramos con preocupación nuestra no inclusión en la discusión de posibles afectaciones que la aprobación de dicho acuerdo representa para la garantía de los derechos territoriales y culturales de la comunidad afrodescendiente de nuestro Corregimiento.

Considerando:
  1. Las prácticas históricas de dominio territorial que ha ejercido la población afrodescendiente en el área que hoy constituye el Corregimiento de El Hormiguero, desde tiempos previos a la constitución de la República, tal como lo demuestran los estudios realizados por el Centro de Estudios Sociales (CES) de la Universidad Nacional de Colombia en los documentos:
     
  2. El reconocimiento de la EXISTENCIA de comunidades negras en el Corregimiento El Hormiguero según la certificación de la Dirección General de Comunidades Negras del Ministerio del Interior, firmada por Jenny de la Torre el 17 de junio de 1993.
     
  3. Las posibles afectaciones directas que representa para la comunidad afrodescendiente de El Hormiguero la aprobación por parte del Consejo Municipal del proyecto de acuerdo para “Revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial de Santiago de Cali”, en sus Artículos: 22, donde se reglamenta nueva vocación del suelo para una fracción del área de El Hormiguero; 33, donde se definen acciones para mitigación de los riesgos por inundación en la zona del Corregimiento; y 67, donde se define como Zona de Protección Ambiental del río Cauca una fracción de el área de El Hormiguero.
     
  4. La necesidad de que el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial contemple medidas para la protección de los derechos territoriales y culturales de las comunidades étnicas habitantes de sus zonas rurales, entre las que se encuentre un plan para la conformación de territorios colectivos reglamentados por la Ley 70 de 1993.

La comunidad afrodescendiente de El Corregimiento y su Consejo Comunitario conformado en asamblea general de agosto 15 de 2009 y afiliado a la organización de base del Proceso de Comunidades Negras (PCN), ALERTA sobre la necesidad de que el Municipio de Santiago de Cali y su Consejo Municipal realicen una consulta previa, libre e informada con la comunidad de El Hormiguero y sus autoridades tradicionales, para la concertación y aprobación del proyecto de acuerdo mencionado, en los artículos mencionados u otros que afecten directamente los derechos territoriales y la pervivencia cultural de la comunidad afrodescendiente de El Hormiguero, según lo consignado por la Ley 70 de 1993 y el acuerdo 169 de la OIT ratificado por Colombia. 

Este oficio se remite a usted por solicitud de la junta del Concejo Comunitario de El Hormiguero, con la intensión de abrir espacios para la participación de nuestra comunidad en la discusión que concierne a nuestro futuro como pueblo étnico afrodescendiente, y no en busca de generar percances al desarrollo de la política pública del Municipio de Cali. 

Agradecemos su atención y pronta respuesta.

Adjuntamos copia de certificación del Hormiguero como comunidad negra por parte del Ministerio del Interior 

 

Nelly Guapacha
Representante legal
Consejo Comunitario de El Hormiguero, en proceso de legalización
Cali, Colombia

Lidia Escobar
Presidente
Junta Administradora Local
Corregimiento El Hormiguero, Comuna 52
Cali, Colombia


Niña de El Hormiguero (Axé-Cali)

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